La Base Informativa
Menu
  • Noticias
    • Slider
  • Nacionales
    • Santo Domingo Este
  • Política
    • opinión
  • Tecnología
  • Internacionales
    • Dominicano en el Exterior
  • Deportes
  • Turismo
    • Recetas
      • salud
  • Economía
  • Espectáculos
    • SOCIALEA
Menu

El MAP define los candidatos que deberán tomar licencia de sus cargos públicos

Posted on diciembre 15, 2023 by admin

El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió este jueves una circular en donde se establecen los lineamientos a seguir para la aplicación de suspensión en funciones o licencias especiales para candidatos a ocupar cargos de elección popular, que sean funcionarios o servidores públicos.

Un comunicado señala que el MAP indicó que se exceptúan de la suspensión los postulados a cargos municipales o congresuales, que, al momento de la aceptación de sus candidaturas se desempeñen como servidores públicos que ocupan cargos que no tengan jerarquía y no manejen fondos públicos; al igual que aquellos servidores públicos que ocupen cargos electivos, los que no podrán prevalerse de su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación, según lo dispuesto por el artículo 145, párrafo III y IV, de la Ley 20-23.

La circular firmada por el ministro del MAP, Darío Castillo Lugo, señala que los candidatos a cargos municipales o congresuales que ocupen cargos de alto nivel, serán sustituidos de manera interina mediante decreto del presidente de la República, por un periodo igual a la suspensión en servido o licencia especial.

De igual manera, los funcionarios públicos que tienen jerarquía y manejan fondos públicos del Gobierno central, de los organismos desconcentrados y autónomos del Estado, así como de los ayuntamientos y juntas de distritos municipales quedarán suspendidos en sus funciones sin disfrute de sueldo, desde el día de la aceptación de dicha candidatura, hasta el día siguiente de las elecciones a la que aspiren.

Los candidatos a acaldes, vicecealcaldes, regidores, directores municipales, suplentes y vocales que tengan que tomar la licencia serán excluidos de las nóminas de los meses de enero y febrero de 2024. En el caso de los candidatos a los niveles senatorial y de diputaciones, cuyas propuestas de candidaturas deberán ser presentadas a la JCE a más tardar 15 días después de las elecciones municipales (artículo 147, Ley 20-23), que estén en la misma condición, deberán ser excluidos de las nóminas de los meses de marzo, abril y mayo de 2024.

El documento señala que esos funcionarios y servidores públicos que participen en ambos niveles electorales serán reintegrados a sus funciones al día siguiente de las elecciones que le corresponda (febrero o mayo).

La entrada El MAP define los candidatos que deberán tomar licencia de sus cargos públicos se publicó primero en VisionRDN.

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mapa Web

  • Noticias
    • Slider
  • Nacionales
    • Santo Domingo Este
  • Política
    • opinión
  • Tecnología
  • Internacionales
    • Dominicano en el Exterior
  • Deportes
  • Turismo
    • Recetas
      • salud
  • Economía
  • Espectáculos
    • SOCIALEA

La Base Informativa medio alternativo y objetivo del Pais

©2026 La Base Informativa | Theme by SuperbThemes